INLAND REGIONAL CENTER ... valorando la independencia, la inclusión y el empoderamiento PO Box 19037, San Bernardino, CA 92423 Teléfono: (909) 890-3000 Fax: (909) 890-3001 Revisión del servicio de admisión Para personas MAYORES DE 3 años de edad ¿Usted / solicitante vive en los condados de Riverside o San Bernardino? Sí No Si no vive en las áreas de Inland Empire (Condado de San Bernardino / Riverside), debe solicitar los servicios en el Centro Regional que presta servicios en el área donde vive. Ir www.dds.ca.gov y encontrará enlaces relacionados en la columna del lado izquierdo. Para obtener una lista de los Centros Regionales en California, haga clic en Lista de Centros Regionales de California. ¿Tiene usted / solicitante una discapacidad del desarrollo que se originó antes de los 18 años, continúa o se espera que continúe indefinidamente y constituya una discapacidad sustancial? Sí No La discapacidad del desarrollo incluye: (1) Epilepsia: alteraciones significativas de la actividad excesiva y / o anormal de las células cerebrales. (2) Parálisis cerebral: alteraciones significativas del movimiento, tono muscular o postura. (3) Autismo (trastorno del espectro autista): deficiencias significativas en la interacción social y la comunicación, junto con patrones de comportamiento repetitivos y estereotipados. (4) Discapacidad intelectual: puntajes de CI cercanos o inferiores a 70 y desventajas significativas en el funcionamiento adaptativo. (5) Categoría 5th: una condición discapacitante que se encuentra estrechamente relacionada con la Discapacidad Intelectual o que requiere un tratamiento similar al requerido para una persona con una Discapacidad Intelectual que requiere un tratamiento comparable. Discapacidad sustancial significa una persona que experimenta limitaciones significativas en tres o más de las siguientes áreas: autocuidado, lenguaje, aprendizaje, movilidad, autodirección, capacidad de vida independiente o autosuficiencia económica. (Tenga en cuenta que las condiciones de discapacidad que son solo de naturaleza física o psiquiátrica, o exclusivamente una discapacidad de aprendizaje, no son elegibles para los servicios bajo la Ley Lanterman).